Responsabilidades de PROTESA como agente de seguros

Protección Especializada Agente de Seguros S.A. de C.V. (“PROTESA”), en cumplimiento a lo establecido en la Circular Única de Seguros y de Fianzas que entró en vigor el 4 de Abril del 2015, da a conocer información referente a sus responsabilidades en su actividad como Agente de Seguros:

Las actividades que realiza PROTESA consisten en el asesoramiento para celebrar, conservar o modificar los contratos de seguros según la mejor conveniencia de nuestros contratantes, y con el propósito de fortalecer la transparencia en el ejercicio de nuestras actividades de intermediación proveyendo de información para prevenir posibles conflictos de intereses, PROTESA le informa lo siguiente:

PROTESA realiza actividades de intermediación a través de contratos mercantiles con Instituciones de Seguros autorizadas por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, mismas que puede consultar a través de la siguiente liga:
http://www.cnsf.gob.mx/EntidadesSupervisadas/InstitucionesSociedadesMutualistas/Paginas/default.aspx

PROTESA cuenta con un Seguro de Responsabilidad Civil en caso de Errores y Omisiones para garantizar el cumplimiento de las responsabilidades en razón de sus actividades como Agente de Seguros.

Una vez aceptada la solicitud de cobertura, PROTESA entregará al cliente y/o usuario la siguiente documentación:

  • La carátula de la póliza adquirida.
  • Las condiciones generales y la demás documentación relacionada con el seguro contratado.
  • El recibo expedido por la Institución de Seguros correspondiente para efectuar el pago de las primas, explicando claramente los elementos que debe contener para su plena validez.
PROTESA le solicita a Usted(es) como contratante(s):

Verificar que la documentación concuerde con su solicitud y que dicha documentación contenga en su caso, el registro del producto ante la C.N.S.F.

Adicionalmente usted podrá verificar en la Página Web de la C.N.S.F. los datos de la cédula y autorización de PROTESA como Agente y las sanciones que, en su caso la C.N.S.F. llegara a imponer.

PROTESA en ningún caso podrá aceptar dinero o contraprestación alguna de los usuarios y/o clientes, que provenga de actividades o servicios que no estén autorizados por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (“C.N.S.F.”) y/o contemplados en su objeto social, ni recibir anticipos por concepto de la contratación del seguro o de una cobertura adicional.

Tampoco podrá aceptar riesgos y suscribir o modificar pólizas, ya que no es una Aseguradora, Afianzadora ni Agente Mandatario, ni ofrecer recibos provisionales, informales o personales respecto al pago de la prima o que comprometan la prestación de sus servicios.